Artículo 4.146 Septies del Código Civil del Estado de México
Efectos del Registro de Deudor Alimentario Moroso
LIBRO CUARTO. Del Derecho Familiar · TITULO CUARTO. Del Parentesco y los Alimentos · CAPÍTULO IV. DEL REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
La inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos tendrá los efectos siguientes:
I.Inscribir en el Instituto de la Función Registral la cantidad adeudada en los bienes del deudor alimentario.
Los derechos de inscripción serán exentos de pago.
II.Garantizar la preferencia en el pago de deudas alimentarias.