Artículo 7.812 del Código Civil del Estado de México
Conclusión del mandato judicial
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO NOVENO. Del Mandato · CAPITULO V. Del Mandato Judicial
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
La representación del procurador cesa, además de los casos de terminación del mandato por:
I.Separarse el poderdante de la acción u oposición que haya formulado;
II.Haber terminado la legitimación del poderdante;
III.Haber transmitido el mandante sus derechos sobre el bien litigioso, luego que la transmisión o cesión sea debidamente notificada y se haga constar en autos;
IV.Hacer el dueño del negocio alguna gestión en el juicio, manifestando que revoca el mandato.