Artículo 2191 del Código Civil de Guanajuato
Libro tercero · Segunda Parte. De las diversas especies de contrato · Título Decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades I. DE LAS ASOCIACIONES CIVILES
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato el 18 de diciembre de 2025
Las asociaciones que se constituyan conforme a la presente ley gozarán de personalidad jurídica; en lo no previsto en este título le serán aplicables las disposiciones relativas a las sociedades civiles que no se opongan a la naturaleza de las mismas.