Artículo 1033 del Código Civil de Guerrero
Libro tercero. De los bienes y derechos reales · Titulo quinto. De las servidumbres · Capítulo IV. De la servidumbre legal de acueducto
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
Si las personas que se aprovecharen fueren varias, la obligación recaerá sobre todas en proporción de su aprovechamiento, si no hubiere prescripción o convenio en contrario.