Artículo 1278 del Código Civil de Guerrero
Libro cuarto. DE LAS SUCESIONES Disposiciones preliminares · Titulo primero. De la sucesión por testamento · Capítulo VIII. De las substituciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero el 7 de abril de 2026
La nulidad de la substitución fideicomisaria no importará la de la institución, ni la del legado, teniéndose únicamente por no escrita la cláusula fideicomisaria.