Artículo 894 del Código Civil de Hidalgo
Libro segundo. De los bienes · Titulo tercero. De la posesion · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Son gastos voluntarios los que sirven sólo al ornato de la cosa, o al placer o comodidad del poseedor.