Artículo 105 del Código Civil de Michoacán
Libro tercero. De los bienes · Título tercero. De la posesión · Capítulo único
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Son gastos voluntarios los que sirven sólo al ornato de la cosa, o al placer o comodidad del poseedor.