Artículo 990 del Código Civil de Sonora
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo tercero. De la posesión · Capitulo único
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Son gastos voluntarios los que sirven sólo al ornato de la cosa, o al placer o comodidad del poseedor.