Artículo 287 del Código Penal de Hidalgo
Libro segundo · Titulo décimo quinto. Delitos contra el orden constitucional y la seguridad del estado · Capitulo II. Rebelión
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 6 de agosto de 2026
Los rebeldes no serán responsables de las muertes ni lesiones inferidas en el acto de un combate, pero sí de todo homicidio que se cometa y de toda lesión que se cause fuera de la lucha.