Artículo 69 del Código Civil de Michoacán
Libro tercero. De los bienes · Título segundo. Clasificación de los bienes · Capítulo IV. De los bienes mostrencos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 27 de abril de 2026
Aún cuando por alguna circunstancia especial fuere necesaria, a juicio del Gobierno, la conservación de la cosa, el que halló ésta recibirá la cuarta parte del precio.