Artículo 293 del Código Penal de Michoacán
Ataque a la seguridad del tránsito vehicular
Libro segundo · Parte especial · Título vigésimo primero. Delitos contra la seguridad y el normal funcionamiento de las vías de comunicación y de los medios de transporte · Capítulo III. Ataque a la seguridad del tránsito vehicular
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno Constitucional del Estado de Michoacán de Ocampo el 18 de agosto de 2026
Se impondrá de seis meses a dos años de tratamiento en libertad o de cien a trescientas jornadas de trabajo a favor de la comunidad y de cincuenta a doscientos días multa, a quien dolosamente:
I.Altere o destruya las señales indicadoras de peligro; o,
II.Derrame sustancias peligrosas o inflamables en vías de circulación.