Artículo 1231 del Código Civil de Morelos
PERSONAS INTERESADAS EN QUE LA PRESCRIPCION SUBSISTA
Libro cuarto. De los bienes de los derechos reales · Titulo septimo. De la prescripcion · Capitulo I. Disposiciones generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Los acreedores y todos los que tuvieren legítimo interés en que la prescripción subsista, puede hacerla valer aunque el deudor o el propietario hayan renunciado los derechos en esa virtud adquiridos.