Artículo 2039 del Código Civil de Morelos
TERMINACION DEL MANDATO JUDICIAL SUS EFECTOS EN CASO DE MUERTE DEL MANDANTE
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo noveno. Del mandato · Capitulo V. Del mandato judicial
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
La representación del procurador cesa, además de los casos expresados en el artículo siguiente:
I.- Por separarse el poderdante de la pretensión o defensa que haya formulado; II.- Por haber terminado la personalidad del poderdante; III.- Por haber transmitido el mandante a otro sus derechos sobre la cosa litigiosa, luego que la transmisión o cesión sea debidamente notificada y se haga constar en autos; y IV.- Por hacer el dueño del negocio alguna gestión en el juicio, manifestando que revoca el mandato.