Artículo 2257 del Código Civil de Morelos
SOLICITUD DE EXCUSION DEL FIADOR POR EXISTENCIA DE BIENES DEL DEUDOR POSTERIOR AL REQUERIMIENTO
Libro sexto. De los contratos disposiciones generales · Titulo decimo sexto. De la fianza en general · Capitulo II. De los efectos de la fianza entre el fiador el acreedor
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial «Tierra y Libertad» del Estado de Morelos el 13 de mayo de 2026
Si el deudor adquiere bienes después del requerimiento, o si se descubren los que hubiese ocultado, el fiador puede pedir la excusión, aunque antes no la haya pedido.