Artículo 79 del Código Penal de Nayarit
Libro primero · Parte general · Título cuarto. Sanciones y medidas de seguridad · Capítulo X. De la suspensión o privación de ejercicio de oficio, profesión o derecho a conducir vehículos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Nayarit el 6 de marzo de 2026
La suspensión y la privación de los derechos, oficio o profesión y las de manejar vehículos, motores o maquinaria, procederá en los casos expresamente señalados por este Código u otras Leyes.
Lo mismo se observará también para la suspensión o destitución de funciones y empleos.