Artículo 2672 del Código Civil de Oaxaca
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Titulo duodecimo. De los contratos aleatorios · Capitulo II. De la renta vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 1 de agosto de 2026
El pensionista sólo puede demandar las pensiones justificando su supervivencia, o la de la persona sobre cuya vida se constituyó la renta.