Artículo 2111 del Código Civil de Tamaulipas
Libro cuarto. De los contratos típicos · Primera parte · Título décimo octavo. La renta vitalicia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
El pensionista sólo puede demandar las pensiones justificando su supervivencia o la de la persona sobre cuya vida se constituyó la renta.