Artículo 86 del Código Penal de Oaxaca
Libro primero. · Titulo quinto.. Aplicación de sanciones. · Capitulo iii.. De la condena condicional.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
El juzgador otorgará un plazo de cinco días para que el sentenciado cubra el importe de la reparación del daño, de la multa y de la garantía. Si concluido el plazo no se satisface el requisito mencionado, se procederá a la ejecución de la sentencia.