Artículo 3199 del Código Civil de Puebla
Libro sexto. Sucesiones · Capítulo VII. Legados · Sección séptima. Legado de crédito o de deuda de crédito
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
El legado de un crédito a favor del testador, sólo produce efecto en la parte del crédito que éste insoluta al abrirse la sucesión.