Artículo 774 del Código Civil de Puebla
Libro segundo. Familia · Capítulo XI. Tutela · Sección décima primera. Entrega de los bienes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando en la cuenta resulte alcance contra el tutor, subsistirán las garantías dadas para la administración, hasta que se verifique el pago, aunque para éste se conceda plazo, por convenio de los interesados.