Artículo 947 del Código Civil de Puebla
Libro tercero bienes · Capítulo II. Diferentes clases de bienes · Sección primera. Bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Puebla el 17 de octubre de 2025
Cuando en la disposición de la ley o en los actos y contratos se use de las palabras ''bienes muebles'', se comprenderán bajo esa denominación los bienes enumerados en los dos artículos anteriores.