Artículo 737 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo segundo. De la division de los bienes · Capitulo II. De los bienes muebles
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Cuando en una disposición de la ley o en los actos y contratos se use de las palabras "bienes muebles" se comprenderán bajo esa denominación los enumerados en los artículos anteriores.