Artículo 202 del Código Civil de Querétaro
Libro Primero. De las personas · Título Sexto. De la familia · Capítulo Séptimo. De las donaciones antenupciales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Querétaro «La Sombra de Arteaga» el 7 de marzo de 2025
Son también donaciones antenupciales las que un extraño hace a alguno de los futuros esposos o a ambos, en consideración al matrimonio.