Artículo 1199 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Segunda parte especial. Del Derecho de Familia · Título sexto. Del Patrimonio de Familia
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Sólo puede constituirse el patrimonio de familia con bienes sitos en el municipio en que esté domiciliado el que lo constituya.