Artículo 1556 del Código Civil de Quintana Roo
Libro tercero · Tercera parte especial. Del Derecho Hereditario · Título quinto. Disposiciones Comunes a las Sucesiones Testamentaria y Legitima · Capítulo segundo. Del Derecho de Acrecer
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
No se entenderá que están designadas las partes, sino cuando el testador haya mandado expresamente que se dividan o las haya designado con señales físicas; más las frases "por mitad" o "por partes iguales", u otras similares que aunque designen parte alícuota, no fijen ésta numéricamente o por señales que hagan a cada uno dueño de un cuerpo de bienes separados, no excluyen el derecho de acrecer.