Artículo 76 del Código Penal de San Luis Potosí
Circunstancias personales y subjetivas
Parte general · Título quinto. Aplicación de las penas y las medidas de seguridad · Capítulo I. Reglas Generales
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de San Luis Potosí "Plan de San Luis" el 30 de julio de 2026
El aumento o la disminución de la pena, fundados en las relaciones personales o en las circunstancias subjetivas del autor de un delito, no son aplicables a los demás sujetos que intervinieron en aquél. Son aplicables las que se funden en circunstancias objetivas, si los demás sujetos tienen conocimiento de ellas.