Artículo 77 del Código Penal de Oaxaca
Libro primero. · Titulo quinto.. Aplicación de sanciones. · Capitulo i.. Graduación de la culpabilidad e individualización de la pena.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca el 23 de mayo de 2026
El aumento o la disminución de la pena, fundados en las calidades, en las relaciones personales o en las circunstancias subjetivas del autor de un delito, no son aplicables a los demás sujetos que intervinieron en aquél.
Son aplicables las que se funden en circunstancias objetivas, si los demás sujetos tienen conocimiento de ellas.