Artículo 1456 del Código Civil de Tabasco
Gastos de entrega
Libro tercero. De las sucesiones. · Titulo segundo. De la sucesión por testamento · Capitulo VI. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los gastos necesarios para la entrega del bien legado, serán a cargo del legatario, salvo disposición del testador en contrario.