Artículo 403 del Código Civil de Tabasco
Efectos
Libro primero. De las personas · Titulo octavo. De la filiación · Capitulo VII. De la adopción · Seccion segunda. De la adopción plena
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tabasco el 2 de septiembre de 2026
Los efectos principales de la adopción plena son:
I.- La extinción del lazo jurídico con la familia consanguínea, excepto en lo que respecta a la prohibición de matrimonio;
II.- El adoptado pasa a ser un miembro más en la familia del adoptante como si fuese hijo biológico; y
REFORMADA P.O. 8523 “B” 11-MAYO-2024
III.- Confiere al adoptado, respecto de la familia del adoptante, los mismos derechos y obligaciones como si hubiera nacido de él o los adoptantes y viceversa, creando un verdadero lazo de parentesco.