Artículo 1052 del Código Civil de Tamaulipas
Libro tercero. De las obligaciones · Título primero. Reglas comunes · Capítulo III. Modalidades de las obligaciones · Sección I. Del Plazo.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 30 de marzo de 2026
Perderá el deudor todo derecho a utilizar el plazo:
I.- Cuando después de contraída la obligación resultare en estado de insolvencia o estuviere en peligro de quedar insolvente, salvo que garantice la deuda;
II.- Cuando no otorgue al acreedor las garantías a que estuviese comprometido;
III.- Cuando por actos propios hubiese disminuido las garantías después de establecidas, y cuando por fuerza mayor o caso fortuito desaparecieren, a menos que sean inmediatamente substituidas por otras igualmente seguras.