Artículo 7.196 del Código Civil del Estado de México
Pérdida del derecho a usar el plazo
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO SEPTIMO. De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO II. De las Obligaciones a Plazo
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
Perderá el deudor todo derecho a utilizar el plazo, cuando:
I.Después de contraída la obligación, resultare insolvente, salvo que garantice la deuda;
II.No otorgue al acreedor las garantías a que estuviere comprometido;
III.Por actos propios hubieren disminuido aquellas garantías después de establecidas, y cuando por caso fortuito desaparecieren, a menos que sean inmediatamente substituidas por otras, igualmente seguras.