Artículo 325 Bis del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo sexto. Delitos contra la vida y la salud de las personas · Capítulo I. Lesiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Cuando las lesiones fueren cometidas al interior o en las inmediaciones de una institución educativa pública o privada o estas deriven de actos previos de violencia escolar, se impondrá al responsable hasta una mitad más de la sanción que le correspondiera de acuerdo a este Capítulo.
Artículo reformado, P.O. Edición Vespertina No. 23, del 21 de febrero de 2024 https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/02/cxlix-23-210223-EV.pdf