Artículo 326 del Código Penal de Tamaulipas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo sexto. Delitos contra la vida y la salud de las personas · Capítulo I. Lesiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas el 12 de octubre de 2026
Si las lesiones fueren cometidas bajo alguna de las circunstancias previstas en los Artículos 341, 342, 343, 344, 345, se estimarán calificadas y al responsable se le impondrá hasta una mitad más de la sanción que le corresponda.