Artículo 1015 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo sexto. Del usufructo, del uso y de la habitacion · Capitulo III. De las obligaciones del usufructuario
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El usufructuario de árboles frutales está obligado a la replantación de los pies muertos.