Artículo 1717 del Código Civil de Tlaxcala
Libro cuarto. De las obligaciones · Titulo noveno. De la extincion de las obligaciones · Capitulo III. De la confusion de derechos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si uno de los derechos fuere condicional se observarán las reglas siguientes:
I.- Si la condición fuere suspensiva, la confusión no se verificará sino cuando la condición se hubiere realizado;
II.- Si la condición fuere resolutoria, la confusión que se hubiere hecho cesará realizándose la condición.