Artículo 2992 del Código Civil de Tlaxcala
Libro sexto. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a la sucesion testamentaria y a la legitima · Capitulo V. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si el albacea ha sido nombrado en testamento, y lo tiene en su poder, debe presentarlo dentro de los ocho días siguientes a la muerte del testador.