Artículo 776 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo tercero. De la propiedad · Capitulo III. De los bienes vacantes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño cierto y conocido, y los que han sido abandonados por el que lo era, así como aquel cuya posesión apta para prescribir no está inscrita en favor de persona alguna en el Registro Público de la Propiedad.