Artículo 868 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo cuarto. Del patrimonio de la familia · Capitulo unico
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El valor máximo de los bienes afectos al patrimonio de familia será el equivalente a seis mil días del salario mínimo general, fijado para la zona económica en donde se encuentre el domicilio de la familia.