CPTLAX · Art. 391 Bis

Artículo 391 Bis del Código Penal de Tlaxcala

Libro segundo. De los delitos · Título vigésimo tercero. Delitos contra la seguridad de las vías y medios de comunicación y de transporte · Capítulo i bis. Delitos contra los servicios de emergencia

Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 5 de junio de 2026

Se le impondrá prisión de tres meses a dos años y multa de cincuenta a trescientas veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, a quien dolosamente utilizando internet o cualquier otro medio de comunicación telefónico o electrónico, proporcione datos o información de hechos falsos a instituciones que presten servicios de emergencia, de protección civil, de seguridad pública, de emergencias médicas, de bomberos, y que provoque la movilización y presencia de elementos de dichas instituciones.

(ADICIONADO, P.O. 25 DE AGOSTO DE 2020)

Las mismas penas se aplicarán a la persona que dolosamente permita o facilite los medios para realizar una llamada o aviso falso a los servicios de emergencia.

(ADICIONADO, P.O. 25 DE AGOSTO DE 2020)

En caso de reincidencia se le impondrá hasta el doble de las sanciones establecidas.

Leer de corridodentro de Título vigésimo tercero. Delitos contra la seguridad de las vías y medios de comunicación y de transporte

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Última reforma
(Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • (REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 10 DE OCTUBRE DE 2022)

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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  • Nota de reforma impresa antes de un rótulo de artículo ('(REFORMADO, P.O. … )'): va en nota_reforma de ese artículo. Nota impresa antes de un párrafo: se conserva literal como párrafo propio.
  • Rótulos 'ARTICULO 1°.-': se publica el número sin el ordinal ('1').

Transitorios (40 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 391 Bis, Código Penal de Tlaxcala (Tlaxcala). Texto vigente, última reforma 5 jun 2026. https://articuladomx.com/estados/tlaxcala/codigo-penal/articulo-391-bis/

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