Artículo 422 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título sexto. De las servidumbres · Capítulo sexto. De cómo se adquieren las servidumbres voluntarias
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Al que pretenda tener derecho a una servidumbre, toca probar, aunque esté en posesión de ella, la causa en virtud de la cual la goza.