Artículo 852 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo tercero. De la aceptación y repudiación de la herencia y legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El que a instancias de un legatario o acreedor hereditario, haya sido declarado heredero o legatario, será considerado como tal por todos los demás, sin necesidad de nuevo juicio.