Artículo 967 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo octavo. De la rescisión y nulidad de las particiones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Las particiones pueden quedar sin efecto o anularse por las mismas causas que las obligaciones.