Artículo 29 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Título primero. Disposiciones Generales · Capítulo III. De la Representación y del Registro General de Poderes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026
El Instituto tendrá a su cargo el Registro General de Poderes, en el que se inscribirán los poderes originales o su copia certificada. La inscripción en dicho Registro será opcional.