LGAMVLV · Art. 54

Artículo 54 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias

TITULO III · CAPÍTULO V. DE LOS REFUGIOS PARA LAS VICTIMAS DE VIOLENCIA

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Corresponde a los refugios, desde la perspectiva de género, interseccionalidad y enfoque diferenciado:

I.Aplicar el Programa;

II.Velar por la seguridad de las mujeres que se encuentren en ellos;

III.Proporcionar a las mujeres la atención necesaria para su recuperación física y psicológica, que les permita participar plenamente en la vida pública, social y privada;

IV.Dar información en formatos accesibles a las víctimas sobre las instituciones encargadas de prestar asesoría jurídica gratuita;

V.Brindar a las víctimas la información necesaria que les permita decidir sobre las opciones de atención;

VI.Contar con el personal debidamente capacitado y especializado, en perspectiva de género, derechos humanos, con enfoque diferenciado, intercultural e interseccional, y

VII.Todas aquellas inherentes a la prevención, protección y atención de las personas que se encuentren en ellos.

Los refugios y los Centros de Justicia para las Mujeres deberán contar con todas las condiciones de accesibilidad necesarias para proporcionar atención, en igualdad de condiciones y sin discriminación, a las mujeres con discapacidad, incluyendo la posibilidad de contar con asistencia de personal de apoyo.

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 08-05-2023
  • Fracción reformada DOF 08-05-2023
  • Fracción reformada DOF 08-05-2023
  • Párrafo adicionado DOF 08-05-2023

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (27 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 54, Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-general-de-acceso-de-las-mujeres-a-una-vida-libre-de-violencia/articulo-54/

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