Artículo 1112 del Código Civil Federal
LIBRO SEGUNDO. De los Bienes · TITULO SEXTO. De las Servidumbres · CAPITULO VI. De las Servidumbres Voluntarias
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Si siendo varios los propietarios, uno solo de ellos adquiere una servidumbre sobre otro predio, a favor del común, de ella podrán aprovecharse todos los propietarios, quedando obligados a los gravámenes naturales que traiga consigo y a los pactos con que se haya adquirido.