Artículo 1100 del Código Civil de Tlaxcala
Libro tercero. De los bienes, la propiedad y sus diferentes modificaciones · Titulo septimo. De las servidumbres · Capitulo V. De las servidumbres voluntarias en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
Si siendo varios los propietarios, uno solo de ellos adquiere una servidumbre sobre otro predio, a favor del común de ella podrán aprovecharse todos los propietarios, quedando obligados a los gravámenes que traiga consigo y a los pactos con que se haya adquirido.