Artículo 1616 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO CUARTO. De la Sucesión Legítima · CAPITULO III. De la Sucesión de los Ascendientes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Si sólo hubiere padre o madre, el que viva sucederá al hijo en toda la herencia.