Artículo 508 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO NOVENO. De la Tutela · CAPITULO VII. De las Personas Inhábiles para el Desempeño de la Tutela y de las que deben ser Separadas de ella
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El tutor que fuere procesado por cualquier delito, quedará suspenso en el ejercicio de su encargo desde que se provea el auto motivado de prisión, hasta que se pronuncie sentencia irrevocable.