Artículo 1611 del Código Civil de Baja California Sur
Libro tercero. De las sucesiones · Titulo quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capitulo IV. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Baja California Sur el 8 de septiembre de 2026
Son obligaciones del albacea general:
I.‑ La presentación del testamento;
II.‑ El aseguramiento de los bienes de la herencia;
III.‑ La formación de inventarios;
IV.‑ La administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo;
V.‑ El pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias;
VI.‑ La partición y adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios;
VII.‑ La defensa, en juicio y fuera de él, así de la herencia como de la validez del testamento;
VIII.‑ La de representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren contra ella; y
IX.‑ Las demás que le imponga la ley.