Artículo 881 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo cuarto. De los albaceas
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Son obligaciones del albacea universal:
I.La presentación del testamento;
II.El aseguramiento de los bienes de la herencia;
III.La formación de inventarios y avalúos;
IV.La administración de los bienes y la rendición de las cuentas del albaceazgo;
V.El pago de las deudas mortuorias, hereditarias y testamentarias;
VI.Elaborar el proyecto de partición y solicitar la adjudicación de los bienes entre los herederos y legatarios;
VII.La defensa en juicio y fuera de él, así de la herencia como de la validez del testamento;
VIII.La de representar a la sucesión en todos los juicios que hubieren de promoverse en su nombre o que se promovieren contra ella;
IX.Las demás que le imponga la ley